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PAQUETE DE MEDIDAS INTRODUCIDAS EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO POR EL REAL DECRETO LEY 3/2016

08-12-2016

El reciente Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre introduce en el ámbito tributario una serie de medidas enmarcadas en las buenas prácticas de tributación en los países de nuestro entorno y en las recomendaciones de los organismos internacionales, con el objetivo, entre otros, de alcanzar el objetivo de déficit para 2017.

Las reformas más destacadas se encuentran en el ámbito del Impuesto de Sociedades y el incremento de los llamados Impuestos Especiales (Impuesto sobre Productos Intermedios, sobre Alcohol y Bebidas Derivadas e Impuesto sobre las Labores del Tabaco).

Por cuanto atañe al Impuesto de Sociedades, el referido Real Decreto establece una limitación a la aplicación de deducciones en los casos de doble imposición, así como una limitación a la compensación de bases imponibles negativas. Asimismo, se modifica la deducción relativa a la reversión de las pérdidas por deterioro, de modo que deberán ser objeto de reversión por un importe mínimo anual y de forma lineal durante 5 años los deterioros que, a pesar de ser deducibles en períodos impositivos anteriores, ya no lo son. Por otro lado, se determina la no deducibilidad de las pérdidas derivadas de la transmisión de participaciones en entidades para los períodos a partir del próximo 1 de enero de 2017, con el presupuesto de que dichas participaciones hubieren tenido derecho a exención para el caso de que obtuvieran rentas positivas.

Respecto a los impuestos especiales se incrementa en un 5% el Impuesto sobre Productos Intermedios y en el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, tanto en la Península como en Canarias con el objeto de reducir la diferencia de fiscalidad con otros países de la Unión Europea. En cuanto al Impuesto sobre las Labores del Tabaco, se incrementa el peso del compone

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